El 63% de los españoles desconoce que existe una ley que les permite cancelar sus deudas

La Ley de Segunda Oportunidad permite a las personas físicas, incluyendo autónomos, obtener el perdón total o parcial de las deudas que tengan si no cuentan con activos o patrimonio suficiente para pagarlas, siempre que concurra con buena fe. La encuesta realizada por Legálitas refleja que un 30% sí conoce la ley y un 7% ya se ha acogido a ella

La Ley de Segunda Oportunidad (LSO) fue aprobada en 2015 y reformada en 2022 con el objetivo de poner a disposición de todos los ciudadanos un mecanismo para regularizar el pago de deudas, bien mediante la exoneración del pasivo insatisfecho o mediante un plan de pagos.

A pesar de que ya han pasado 10 años desde su implementación, a día de hoy, el 63% de los españoles aún desconoce su existencia, según una encuesta realizada por Legálitas a través de sus perfiles en redes sociales en la que han participado más de 3.000 personas. Los datos reflejan, eso sí, que un 7% ya se ha acogido a ella y ha encontrado una posible solución a la situación por la que atraviesan.

Asimismo, las consultas sobre la ley y las dudas sobre cómo gestionar las deudas que no pueden pagar, siguen estando muy presentes entre los ciudadanos que se ponen en contacto con Legálitas, provocando decenas de llamadas semanales que los abogados gestionan.

¿Qué es la LSO y cómo funciona?
Esta ley permite a las personas físicas, incluyendo autónomos, obtener el perdón de las deudas que tengan si no cuentan con activos o patrimonio suficiente para pagarlas.

En función de la situación económica y patrimonial la ley de segunda oportunidad permite acceder a dos vías:

  • Exoneración del pasivo insatisfecho, previa liquidación de bienes, o sin liquidación cuando el deudor carece de activo realizable.
  • Aprobación judicial de un plan de pagos, que permite satisfacer el pasivo conforme a la capacidad económica del deudor.

Tanto para una como otra vía, es necesario estar en una situación de insolvencia (deudas e ingresos con los que no es posible afrontar los pagos), sin antecedentes penales económicos y bienes libres de cargas (por ejemplo: una casa que sea susceptible de venta y con la que se pueda liquidar parte o toda la deuda).

Para solicitar la Ley de Segunda Oportunidad es necesario presentar un escrito inicial firmado por abogado y procurador ante el juzgado correspondiente, procedimiento para el cual, Legálitas recomienda consultar con especialistas que analicen primero su caso y circunstancias personales.

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